Reforma a la ley de alquileres 2023

Juntos por el Cambio logró aprobar en la Cámara de Diputados su reforma a la Ley de Alquileres vigente tras no haber podido imponer su proyecto de una nueva norma.

Con 125 votos afirmativos de Juntos por el Cambio, algunos legisladores del Frente Renovador y espacios provinciales opositores, la oposición reformó en la Cámara de Diputados la actual Ley de Alquileres. En tanto, votaron en contra legisladores del Frente de Todos, el Frente de Izquierda, la Libertad Avanza y algunos diputados provinciales.

La ultra en contra de todo

Los legisladores de la ultraderecha se opusieron incluso al dictamen de mayoría y de minoría, ya que querían directamente la derogación de la ley de alquileres.

El trámite de la reforma a la ley de alquileres pasa ahora al Senado, que deberá ratificar o cancelar la sanción de la Cámara Baja.

Qué dice la reforma a la Ley de Alquileres

El proyecto de reforma establece que la vigencia de los contratos entre inquilinos y propietarios se reduzca de 3 a 2 años, con una actualización que podrá efectuarse dentro de un plazo de entre 4 y 12 meses, con un sistema de actualización acordado entre las partes (inquilinos vs. propietarios o inmobiliarias).

La reforma además establece que las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) o una combinación de dichos índices.

Nuevo Artículo 14 de la ley de alquileres

Si se aprueba en el Senado, el actual Artículo 14, de ajustes, pasará a quedar redactado de la siguiente manera: “Para los ajustes, las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden”.

De esa manera, locador y locatario podrían actualizar de acuerdo al índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS).